Amparos de Salud
Tu obra social dice que no.La ley puede decir que sí.
Si te niegan una medicación, cirugía o tratamiento, existe una herramienta legal para obligarlos a cubrirla en 48 a 72 horas.
¿Cuándo puedo ayudarte?
Si te reconocés en alguna de estas situaciones,
es el momento de hablar.
Tu obra social niega una medicación de alto costo
No te autorizan una cirugía o práctica médica
Tenés un familiar con discapacidad y no te cubren lo que necesita
La prepaga cortó la cobertura sin causa justificada
Te dan plazos que no podés esperar
Querés saber si tenés caso antes de avanzar
Cómo es el proceso
01
Primera consulta
Revisamos la situación, la negativa y si hay base para el amparo.
02
Presentación judicial
Redacto y presento el amparo con carácter de urgencia.
03
Seguimiento hasta la resolución
Me comunico con vos en cada paso hasta que la cobertura esté garantizada.
01
Primera consulta
Revisamos la situación, la negativa y si hay base para el amparo.
02
Presentación judicial
Redacto y presento el amparo con carácter de urgencia.
03
Seguimiento hasta la resolución
Me comunico con vos en cada paso hasta que la cobertura esté garantizada.
Los tiempos importan
Un amparo de salud es una acción urgente. En casos graves, la justicia puede ordenar la cobertura en 48 a 72 horas.
No esperes a que la situación empeore.
48–72 h
plazo para que el juez pueda ordenar la cobertura en casos urgentes