Tu obra social niega la medicación. Esto es lo que podés hacer.

Eliana Laspiur Sarain
Abogada y Mediadora · Salta Capital
Recibís la negativa y la medicación que necesitás no llega. Esta situación tiene nombre legal: denegación arbitraria de cobertura. Y tiene solución.
Recibís la negativa por escrito o simplemente no te autorizan. La medicación que necesitás — o que necesita tu familiar — no llega. Y la obra social no da respuestas claras.
Esta situación tiene nombre legal: denegación arbitraria de cobertura. Y tiene solución.
¿Qué obliga a cubrir una obra social o prepaga?
En Argentina, las obras sociales y prepagas están obligadas a cubrir todo lo que incluye el Programa Médico Obligatorio (PMO). Además, la jurisprudencia ha extendido esta obligación a tratamientos no incluidos en el PMO cuando hay prescripción médica, urgencia o riesgo para la vida.
La negativa a cubrir no siempre es legal, aunque las empresas actúen como si lo fuera.
¿Qué es un amparo de salud y cómo funciona?
El amparo de salud es una acción judicial urgente que protege derechos constitucionales. Cuando se presenta un amparo bien fundado, el juez puede ordenar a la obra social que otorgue la cobertura de manera cautelar — es decir, mientras se resuelve el fondo del asunto. En casos urgentes, esa resolución puede llegar en 48 a 72 horas.
¿Hay algo que hacer antes del amparo?
Sí, y conviene hacerlo en paralelo: reclamo formal escrito ante la obra social con número de reclamo, reclamo ante la Superintendencia de Servicios de Salud, y en algunos casos la Defensoría del Pueblo.
Estos pasos no reemplazan al amparo cuando hay urgencia, pero complementan el proceso y fortalecen el expediente.
¿Funciona contra cualquier obra social?
Sí. El amparo procede contra OSDE, Swiss Medical, Galeno, IPS, PAMI, prepagas privadas, y mutuales. La acción no distingue entre pública y privada — distingue entre cobertura debida y cobertura negada.
¿Esto se parece a tu situación?
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